Nombramiento del director de una entidad jurídica
¿Es obligatorio nombrar un gerente antes del registro? Vale la pena señalar aquí que el nombramiento de un líder es deseable pero opcional en esta etapa. Debe quedar claro para todos que una entidad legal no puede funcionar sin un gerente. Sin embargo, puede asignarlo después del registro. Luego, esta cuestión se resolverá en el marco de una junta general extraordinaria de participantes (accionistas) o mediante una decisión separada del fundador (participante único).
Sin embargo, no se debe abusar de esta función. Sin un líder, el proceso de registro se detendrá en obtener una declaración de la puesta en escena; los fundadores no pueden abrir una cuenta ni recibir libros y firmas digitales de la oficina de impuestos.
Nombramiento de un extranjero como director
Si se nombra a un extranjero, el acta de la asamblea constitutiva o la decisión del fundador sobre el establecimiento deben utilizar la mención: "Nombrar como director a ..... sujeto a la emisión de un permiso especial para celebrar un acuerdo de empleo a partir de la fecha especificada en dicho permiso especial".
Sólo los extranjeros de los Estados miembros de la UEE pueden trabajar sin el mencionado permiso especial. Los participantes en los regímenes jurídicos especiales también se benefician de una serie de ventajas en esta materia.
Registro de una persona jurídica: preparación de los estatutos
Los estatutos de una persona jurídica deben contener la información prescrita por la ley. Hay dos enfoques para preparar un estatuto. Algunos abogados aconsejan incluir el número máximo de normas en la carta. Otros abogados creen que la brevedad es la hermana del talento, y aconsejan a sus clientes que utilicen los estatutos máximos simplificados.
Registro de una entidad jurídica: presentación de documentos al comité ejecutivo
El registro de una persona jurídica se lleva a cabo mediante la presentación de un conjunto de documentos a la autoridad de registro (comité ejecutivo). Este paquete incluye:
- solicitud de registro de una persona jurídica con el cuestionario del fundador. Esta aplicación puede descargarse del sitio web del Ministerio de Justicia. Tiene una forma estándar y no se puede modificar. Debe ser firmado por los fundadores en presencia de los empleados del comité ejecutivo. O, si hay más de tres fundadores, puede ser firmado por un fundador autorizado por el protocolo;
- estatutos firmados por los fundadores, en dos ejemplares en papel y en formato electrónico;
- un recibo para el pago del derecho estatal por el importe de una unidad básica. Los detalles del pago casi siempre se pueden encontrar en el sitio web de la autoridad correspondiente.
Sólo se facilitan dos documentos cuando una entidad extranjera solicita su constitución:
- un extracto legalizado del registro mercantil del país de establecimiento. Este documento no debe tener más de un año de antigüedad. Sin embargo, es mejor que no tenga más de seis meses. Este documento debe ser expedido por una autoridad pública del país de establecimiento.
- copia del pasaporte (permiso de residencia) del fundador, de nacionalidad extranjera. El pasaporte de un ciudadano extranjero debe contener una traducción notarial. Excepto los pasaportes, en los que toda la información está en ruso.
Si el conjunto de documentos está preparado correctamente, el ejecutor del organismo registrador emite el estatuto con un sello de la oficina de registro. También expide un certificado de registro. Sin embargo, el certificado de registro, a diferencia de la carta, puede ser emitido el siguiente día hábil.
Registro electrónico de una persona jurídica
El registro de una persona jurídica en formato electrónico está actualmente disponible. En el caso del registro electrónico, no se facilitan originales en papel de los documentos, sino copias electrónicas de los mismos. Esto se aplica tanto a los documentos firmados por el solicitante como a la solicitud de registro y a los estatutos. Asimismo, se trata de documentos cuya preparación está relacionada con la obtención de firmas y sellos de terceros: copia notarial del pasaporte del ciudadano extranjero, extracto del registro mercantil del país de constitución de la entidad jurídica fundadora, etc. Todas estas copias electrónicas se certificarán con la firma digital del solicitante. En este caso, el solicitante puede ser el fundador directo o un representante autorizado.
De este modo, los abogados que obtienen la firma electrónica tienen la oportunidad de registrar entidades jurídicas basándose únicamente en copias electrónicas. Esta oportunidad es muy conveniente ya que permite registrar una empresa en un día. Incluso si el fundador está lejos y no hay posibilidad de enviar los documentos rápidamente por correo. Además, es importante señalar que no se cobra ninguna tasa estatal por el registro en formato electrónico. Al mismo tiempo, aumenta la responsabilidad de los solicitantes.